Matizando las cifras de la inmigración...

La semana pasada, en medio de toda la polémica sobre la expulsión de gitanos en Francia, un informe de Eurostat, la oficina de estadística comunitaria, ponía cifras al fenómeno de la inmigración y dibujaba el mapa que ilustra cómo se reparte sobre el territorio de la Unión Europea.

El titular, en la mayoría de noticias, era que el porcentaje de inmigrantes en España (sobre el total de su población), un 12,3%, prácticamente doblaba la media comunitaria, que es del 6,4%. Esto en datos del 2009, cuando la cifra de inmigrantes repartidos por la UE alcanzaba los 31,8 millones de personas.

Más allá de estas tasas, vale la pena reflexionar y poner el foco sobre algunos matices importantes a la hora de valorarlas. Lo hace hoy el diario Expansión en un artículo que explica y detalla una serie de factores que "inflan" los datos de inmigrantes en España.

Una primera consideración es que los inmigrantes que obtienen la nacionalidad del país de acogida desaparecen de la lista de extranjeros. Y en España, comparando con otros países europeos, se ha reconocido la nacionalidad a muchos menos foráneos que, por lo tanto, siguen constando como inmigrantes.

Otro factor de distorsión es que España es el único país comunitario que registra en el padrón a los inmigrantes irregulares. Son datos más reales, más fiables, pero también engordan la cifra respecto a la de otros estados.

En diez años, España ha multiplicado por diez su población extranjera, y ha sido, con diferencia, el país de la UE que más inmigración ha captado. Pero, aún así, resulta sorprendente que países con una larga tradición de acogida de inmigrantes, como Francia, Reino Unido o Alemania, se sitúen muy por debajo del 12,3% de población extranjera que reside en territorio español. De estos tres países, la tasa más alta la tiene Alemania, con un 8,8%. En estos países, hay extranjeros que hace muchos años que han obtenido la nacionalidad, mientras que España tiene una trayectoria más corta como país de acogida. Además, hay estados con criterios mucho más laxos a la hora de regularizar la situación de los extranjeros.

Otros matices interesantes, entre los diversos que detalla este artículo, son la diferenciación entre extranjeros (comunitarios o extracomunitarios) e inmigrantes. Y, en cuanto a estos últimos, si se aplican criterios de nacionalidad o de lugar de nacimiento al considerarlos foráneos.

FUENTE: EL DEBAT.CAT

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