El Constitucional ratifica las competencias en inmigración para la Generalitat

Ratificadas las competencias en inmigración para Catalunya. El pleno del Tribunal Constitucional (TC) decidió por seis votos a favor y cuatro en contra que 23 artículos del Estatuto de Autonomía de Catalunya no son insconstitucionales "siempre que se interpreten en los términos establecidos" por la sentencia aprobada esta tarde por los magistrados. Entre ellos, se encuentran algunos referidos a inmigración, relaciones de competencia entre el Estado y la Generalitat y financiación.

El Constitucional ha decidido someter a interpretación todo el artículo relativo a inmigración (138). El Estatuto sostiene que es competencia exclusiva de la Generalitat en esta materia la primera acogida de las personas inmigradas --actuaciones socio-sanitarias y de orientación--, el desarrollo de la política de integración de las mismas, el establecimiento y la regulación de las medidas necesarias para la integración social y económica de las personas inmigradas y para su participación social, el establecimiento por ley de un marco de referencia para la acogida e integración de las personas inmigradas y la promoción y la integración de las personas españolas que regresan tras haber emigrado y la ayuda a las mismas.

Además, la Generalitat también ejecutará las autorización de trabajo de los extranjeros cuya relación laboral se desarrolle en Catalunya en necesaria coordinación con la que corresponde al Estado en materia de entrada y residencia de extranjeros. Aquí se incluyen la tramitación y resolución de las autorizaciones iniciales de trabajo por cuenta propia o ajena, la tramitación y la resolución de los recursos presentados con relación a los expedientes , además de la aplicación del régimen de inspección y sanción.

Según el Estatut, a la Generalitat también le correspondería participar en las decisiones del Estado sobre inmigración con especial trascendencia para Catalunya y, en particular, la participación preceptiva previa en la determinación del contingente de trabajadores extranjeros a través de los mecanismos previstos en el Título V sobre las relaciones institucionales de la Generalitat, algo que también tendrá que estudiarse. El TC debe pronunciarse por el total del Estatut de Autonomóa, que entre otros ámbitos, reclama autogobierno para infraestructuras y régimen fiscal.

Redacción y EP

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