Cuestionan que padres de niños españoles no accedan al arraigo

El informe anual 2008 del Defensor del Pueblo critica que el Ministerio de Trabajo e Inmigración, no considera que ser padre de un menor español sea suficiente motivo para que un extranjero pueda acceder al permiso de residencia por la circunstancia excepcional de arraigo.

El texto señala la negativa tanto del Ministerio como de la Secretaría de Estado de Inmigración y Emigración, de reconocer ésta como motivo para conceder al extranjero una autorización de residencia.

"Esta Institución debe dejar constancia de su radical discrepancia con la posición de la Administración en este punto, máxime cuando es conocedora de la diversidad de criterios existentes entre las propias delegaciones y subdelegaciones del Gobierno, así como de la tendencia marcada por sentencias de distintos Tribunales Superiores de Justicia", explica el informe que el pasado día 25 fue entregado al presidente del Congreso, José Bono, y del Senado, Javier Rojo.

Según el Defensor Enrique Mújica, aunque la Ley de Extranjería reconoce la posibilidad de acceder al permiso de residencia por situaciones de arraigo, razones humanitarias o circunstancias excepcionales, la relación de estos supuestos "no puede considerarse exhaustiva, por lo que cabe aplicar directamente el precepto legal".

La institución ha comprobado en distintas investigaciones la "dificultad" para que la Administración admita la existencia de circunstancias excepcionales fuera de los supuestos previstos reglamentariamente y señala su "reticencia" a admitir la aplicación directa de la Ley en este sentido.

Esto lleva "en ocasiones, a dictar resoluciones de inadmisión a trámite por entender manifiestamente carentes de fundamento solicitudes que merecen un examen de fondo, e incluso a informar verbalmente del rechazo de la solicitud sin ni siquiera registrarla", explica el documento.

Como ejemplo, el Defensor del Pueblo señala una queja investigada en la Delegación del Gobierno en Madrid que motivó un recordatorio del deber legal de registrar las solicitudes de los interesados. Algo similar ocurrió en la Subdelegación del Gobierno en Valencia, que no quiso admitir a trámite la solicitud de una mujer hija de ciudadano español.

EP

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