Hijos de bolivianos ya no serán españoles al nacer

Los hijos de los inmigrantes bolivianos ya no pueden obtener la nacionalidad española de origen, que se reconoce por el mero hecho de nacer en el país. Una circular de la Dirección General de los Registros y del Notariado (descarga en, especifica que "no se resolverán favorablemente" los expedientes para este fin, al igual que ocurrió hace unos meses con los hijos de ecuatorianos y chilenos.

Esta situación, dice el instructivo, "exige determinar si las leyes personales de los progenitores atribuyen su nacionalidad a los hijos nacidos en el extranjero. Sólo en el caso de que tal ley personal (del país de origen) no permita a los padres transmitir su nacionalidad a los hijos nacidos en el extranjero procede, en aplicación del precepto antes transcrito, reconocer la nacionalidad española al nacido en España".

El razonamiento de la Dirección General es que se ha producido un cambio legislativo en Bolivia. Ahora este país reconoce como nacionales a los hijos de sus ciudadanos, independientemente del lugar donde hayan nacido y sin necesidad de desplazarse al país o a una sede consular para inscribirse en registro alguno.

La Constitución de Bolivia establecía que son bolivianos de origen "los nacidos en el extranjero de padre o madre bolvianos por el sólo hecho de avecindarse en el territorio nacional o de inscribirse en los consulados", un requisito que era suficiente para que España se viera obligada a reconocer la nacionalidad de los que nacían en su territorio.

El Ejecutivo de aquel país ha modificado estas condiciones y ahora los hijos de sus emigrantes son considerados bolivianos "por nacimiento". Así el Estado español ya no tiene que proteger al recién nacido concediéndole su nacionalidad, obligación que sí está vigente con otras nacionalidades por imperativo de la Convención de los Derechos del Niño.

Algo similar ocurrió con los hijos de ecuatorianos y chilenos nacidos en España. Ambos países emprendieron cambios legislativos a primeros de año para reconocer la nacionalidad a los hijos de sus emigrantes con independencia del lugar de nacimiento y sin necesidad de trámites administrativos presenciales.

Ecuador y Chile
A principios de año se emitió otra circular en la que advertía del cambio legislativo en Ecuador y Chile y dictaba que no serían resueltas de forma favorable las peticiones de reconocimiento de la nacionalidad de origen para los hijos de sus compatriotas.

Esta decisión despertó cierta polémica en Ecuador porque su presidente, Rafael Correa, trasladó a España su malestar por una medida que calificó de "viveza ibérica para restringir aún más a los migrantes en España y endurecer las políticas anti migratorias que tiene España y que tiene Europa".

El Ministerio de Asuntos Exteriores acordó con su homólogo en Ecuador la creación de un grupo de trabajo bilateral para abordar esta cuestión. La primera reunión se celebró el pasado 19 de junio y la delegación ecuatoriana presentó formalmente una propuesta que el Ejecutivo español se comprometió a estudiar.

EP

Comentarios

juan carlos ha dicho que…
hola mi amiga es uruguaya si su hijo nace en españa que tramite debe seguir para su ncionalidad
Juan Amaro ha dicho que…
Juan Carlos, es probable que en primera instancia te indiquen que debes de presentarte a tu consulado, en este caso el uruguayo.
Pero, existen precedentes de compatriotas uruguayos que no han aceptado eso o la opción de anotarlo, por ejemplo, si su pareja es argentina, paraguaya o boliviana, en su respectivo consuldado.
Existe entonces la posibildad de contactar con la secretaría de inmigración de Cataluña o la propia Generalitat, expresando el deseo expreso de que tu hijo sea desde su mismo nacimiento, español, en todos los precedentes se han aceptado los argumentos y los niños son desde el primer momento, españoles.
Aún así, puedes formular tu consulta en MIGRAR.COM, es gratuito y te brindarán un amplio abanico de opciones.
Lo que a nosotros nos queda muy claro es que de nacer aquí el niño, no sus padres, tiene el derecho inapelable de ser cuidadano español. Eso sí, a ustedes como padres no les otorga el derecho de solicitar un resguardo, ese "guille" ya no existe.

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