Extranjeros que tengan hijos españoles tienen derecho a entrar y circular libremente en el país
El Tribunal Supremo ha fallado que tienen el mismo derecho a entrar, permanecer y circular libremente por España todos aquellos extranjeros que tengan hijos españoles, independientemente de cual sea su lugar de procedencia, siempre y cuando cumplan el resto de requisitos establecidos, según la sentencia de la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo a la que ha tenido acceso Europa Press. De este modo, el Supremo da la razón parcialmente a las ONG Andalucía Acoge y la Asociación Pro Derechos Humanos de Andalucía anulando hasta doce preceptos del Real Decreto 240/2007 con el que el Gobierno trasladó a la legislación española la Directiva europea relativa al derecho de los ciudadanos de la UE y sus familiares a circular y residir libremente en el territorio de los Estados miembros. Según ha explicado en declaraciones a Europa Press el abogado de Andalucía Acoge, José Luis Rodríguez, la Sala ha eliminado del Artículo 2 la expresión "otro Estado miembro" de modo...