¿Qué significa que el TC avale la atención sanitaria a inmigrantes irregulares?




El Tribunal Constitucional (TC) ha hecho público un auto en el que avala la decisión del Gobierno de Euskadi de seguir prestando atención sanitaria a los inmigrantes irregulares, aunque mantiene la suspensión cautelar de las medidas autonómicas relacionadas con el copago farmacéutico. ¿Qué supone esta decisión para el día a día de los extranjeros sin papeles?

Para el Alto Tribunal el derecho a la salud y el derecho a la integridad física de los inmigrantes sin en situación irregular y la conveniencia de evitar riesgos para la salud del conjunto de la sociedad tienen una 'importancia singular en el marco constitucional', por lo que no se puede desvirtuar por la 'mera consideración de un eventual ahorro económico que no ha podido ser concretado'.

El auto acuerda el levantamiento de la suspensión cautelar del artículo del decreto del Ejecutivo vasco que aseguraba la atención sanitaria de inmigrantes irregulares, pero mantiene la suspensión de los que anulan el copago farmacéutico. El Gobierno central recurrió en su momento dicho decreto, por lo que el TC decidió suspenderlo cautelarmente antes de tomar una decisión en firme sobre el asunto del choque de competencias entre el Gobierno autonómico y el central.

El fin de la suspensión del artículo que garantiza la atención en la salud pública vasca de los inmigrantes irregulares contradice lo dictado por el Real Decreto-Ley 16/2012 del Ministerio de Sanidad, que decretaba la retiraba la tarjeta sanitaria a los extranjeros en situación irregular y, por tanto, anulaba su derecho a la asistencia sanitaria pública.

El pleno del Tribunal Constitucional decidió atender los argumentos que sostenía el Gobierno de Euskadi sobre los perjuicios en los que derivaría la falta de atención sanitaria de este colectivo, las consecuencias para la salud pública y los obstáculos que su exclusión conllevaría para las campañas de prevención de la propagación de determinadas enfermedades.

En el auto también se aludió al argumento del a Abogacía del Estado, que sostenía que la atención en la salud pública de los extranjeros en situación administrativa irregular causaba perjuicios económicos e iba en contra de la necesidad de control del déficit.

En este sentido, el Alto Tribunal explicó que la Abogacía no da datos concretos sobre dichos perjuicios y señala que probablemente esto no sea posible por la transferencia de gasto de la atención primaria a la atención de urgencias. Y es que de acuerdo a lo establecido por el Ministerio de Sanidad, los inmigrantes irregulares sí pueden ser atendidos en los servicios de urgencias, más cosotos que la atención primaria.

Junto al País Vasco, otras comunidades también han decidido seguir prestando atención sanitaria a inmigrantes irregulares. Se trata de Andalucía, Asturias y Cataluña. Existe otro grupo de comunidades que han buscado una 'tercera vía' para atender a este colectivo en la salud pública a través de acuerdos administrativos y a programas específicos: Castilla y León, la Comunidad Valenciana, Galicia y Navarra

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